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Esquema Nacional de Seguridad

CONSULTING NORMATIVO

En el ámbito de la Administración Electrónica española, el Esquema Nacional de Seguridad (ENS) tiene por objeto establecer la política de seguridad en la utilización de medios electrónicos y está constituido por principios básicos y requisitos mínimos que permitan una protección adecuada de la información.

Ámbito de aplicación

El ámbito de aplicación del Esquema Nacional de Seguridad es el establecido en el artículo 2 de la Ley 11/2007:

  • A la Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas y las Entidades que integran la Administración Local, así como las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las mismas.
  • A los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
  • A las relaciones entre las distintas Administraciones Públicas.
  • A todas las entidades que contraten con las administraciones públicas.

Requisitos mínimos

  • Organización e implantación del proceso de seguridad.
  • Análisis y gestión de los riesgos.
  • Gestión de personal.
  • Profesionalidad.
  • Autorización y control de los accesos.
  • Protección de las instalaciones.
  • Adquisición de productos.
  • Seguridad por defecto.
  • Integridad y actualización del sistema.
  • Protección de la información almacenada y en tránsito.
  • Prevención ante otros sistemas de información interconectados.
  • Registro de actividad.
  • Incidentes de seguridad.
  • Continuidad de la actividad.
  • Mejora continua del proceso de seguridad.