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Escudo Jurídico

CONSULTING NORMATIVO

El Escudo Jurídico consiste en la prestación de asesoramiento jurídico realizado por Abogados colegiados ejercientes, y efectuada a través de vía, presencial, telefónica y/o telemática.

El usuario recibirá una opinión letrada en materia jurídica o judicial, de cualquier asunto incluido en las condiciones.

Una segunda opinión, un primer criterio legal, una revisión de una escrito antes de su firma o presentación, en definitiva una ayuda legal emitida por profesionales del derecho.

¿QUÉ ÁREAS CUBRE EL ESCUDO JURÍDICO?

  1. ASESORAMIENTO JURÍDICO GENERAL
  • Obligaciones fiscales de la sociedad.
    • Relación con los trabajadores.
    • Local de negocio.
    • Vehículo afecto a la actividad societaria.
    • Relaciones con la administración.
    • Relaciones con clientes y proveedores.
    • Determinación de responsabilidades.
    • Competencia desleal.
    • Propiedad industrial, patentes, marcas, nombres comerciales,
    • Dominios web, software online, aplicaciones.
    • Propiedad intelectual
  • ASESORAMIENTO JURÍDICO INMEDIATO 24 h SOBRE CUESTIONES DE NATURALEZA URGENTE
  • Asuntos penales. Detenciones en comisarías.
    • Asuntos penales en procesos urgentes por alcoholemia, conducción temeraria, lesiones, etc.
    • Asuntos relacionados con divorcios o custodia urgente.
    • Asuntos laborales por despidos o accidentes laborales.
    • Asuntos relacionados con accidentes de tráfico en coche, moto, transporte público, bicicleta, etc.
    • Asistencia legal urgente en caso de atropello.
    • Asistencia legal en negligencias médicas o de cualquier otro tipo.
    • Asesoramiento legal para consultas relativas a contratos de cualquier tipo.
    • Asesoramiento en testamentos, herencias y derecho de sucesiones en general.
    • Asesoramiento urgente en expedientes de extranjería, expedientes de expulsión, ordenes de internamiento o recursos urgentes por denegación de permisos o nacionalidad o reagrupación o arraigos.
  • REDACCIÓN DE CONTRATOS, RECURSOS Y OTROS ESCRITOS.
  • EN RELACIÓN CON CLIENTES, PROVEEDORES, ENTIDADES BANCARIAS, REGISTROS DE IMPAGADOS.
  • Cartas de reclamación a proveedores por incumplimiento de contrato, retrasos en la entrega, cobros indebidos o defectos en el producto.
    • Escrito solicitando la cancelación de los datos de la empresa en registros de morosos (RAI, ASNEF) al Registro público que corresponda y a la entidad bancaria que proceda.
    • Cartas de reclamación a bancos por cobro de comisiones indebidas, por incumplimiento de contrato, etc…
    • Cartas de reclamación por cobros indebidos o por incumplimiento de contrato o de los periodos de garantía a:
    • Empresa constructora o promotora.
    • Empresas de reformas.
    • Empresas de reparación de maquinaria y equipos.
    • Empresas de telefonía.
    • Talleres de reparación de vehículos.
    • Concesionarios de vehículos.
    • Cartas de reclamación por adquisición de bienes a distancia por cobros indebidos, devolución del producto, falta de entrega, defectos.
  • RELACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN.
  • Recurso contra notificaciones de embargo en los bienes o cuentas bancarias titularidad del USUARIO.
    • Recurso contra procedimientos de apremio.
    • Reclamación de expediente.
    • Solicitud de resolución expresa.

Quedan excluidos los procedimientos de responsabilidad patrimonial frente a la Administración, así como los recursos sobre multas de tráfico y transporte.

  • COMPRAVENTA DE LOCAL DE NEGOCIO.
  • Contratos de señal y compraventa. Revisión y elaboración.
    • Cartas de reclamación por retrasos en la entrega del inmueble o por defectos o vicios ocultos en el mismo.
    • Examen de las notas simples del Registro de la Propiedad y otra documentación facilitada por el cliente a fin de verificar la titularidad y el estado de cargas del local.
    • Revisión de la minuta pro forma de la Escritura de Compraventa con carácter previo a su otorgamiento ante Notario.
    • Revisión de la minuta pro forma de la Escritura de Constitución de Hipoteca, Subrogación y Cancelación con carácter previo a su otorgamiento ante Notario.
    • Calificación y cuantificación fiscal de la operación. Análisis tributario y planificación.
  • ALQUILER DE LOCAL DE NEGOCIO.
  • Contrato de arrendamiento. Revisión y elaboración.
    • Cartas de reclamación del arrendador al arrendatario por realización de obras no consentidas, falta de pago de la renta, subarriendo no consentido, etc.
    • Cartas de reclamación del arrendatario al arrendador para que realice obras necesarias en el inmueble.
    • Cartas relativas a la actualización de las rentas y a la prórroga del contrato de arrendamiento.
    • Empresa constructora o promotora.
    • Calificación y cuantificación fiscal de la operación.
    • Análisis de derechos de relaciones laborales preexistentes en el antiguo negocio.
  • COMUNIDAD DE PROPIETARIOS A LA QUE PERTENECE EL LOCAL DE NEGOCIO
  • Cartas de reclamación a la comunidad o a otros propietarios por la realización de actividades molestas, insalubres o peligrosas (ruidos, humos, etc.).
    • Carta al Presidente de la Comunidad solicitando la inclusión de un determinado punto en el orden del día de una Junta.
    • Carta al Presidente de la Comunidad manifestando su oposición a un acuerdo adoptado en Junta de Propietarios.
    • Carta al Secretario de la Comunidad solicitando documentación de la comunidad (estatutos, normas de régimen interno, acta de alguna Junta).
    • Escrito a la comunidad reclamando facturas deducibles de obras o prestación de servicios en la misma.
  • RECURSOS Y OTROS ESCRITOS FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RELACIONADOS CON EL LOCAL DE NEGOCIO
  • Escrito de alegaciones frente a una sanción administrativa por no estar en posesión de las licencias preceptivas.
    • Escrito de alegaciones frente a una sanción administrativa por la realización de obra mayor en el inmueble.
    • Actos comunicados al Ayuntamiento por realización de obra menor en el inmueble.

ASISTENCIA PERSONAL EN DESPACHO DE ABOGADOS.

Asistencia presencial gratuita en el despacho para los asuntos que, siempre a criterio del abogado, y por su complejidad, no puedan resolverse telefónicamente.

En el caso de acudir a la vía judicial solo tendrá que abonar en concepto de honorarios, el mínimo establecido por el colegio de abogados de Madrid.

En todo caso, siempre la primera consulta será gratuita.

CLAUSULA DE VIABILIDAD JURÍDICA.

No somos vendedores de causas perdidas, así que, antes de la iniciación o defensa de un procedimiento judicial o la interposición de un recurso, si estimamos que no existen posibilidades razonables de éxito o la improcedencia de la misma, te lo comunicaremos, y serás tú el que podrá actuar como mejor te convenga en relación al asesoramiento recibido.

¿QUÉ NO CUBRE ESTE ESCUDO JURÍDICO?

  • Las indemnizaciones y sus intereses, las multas y las sanciones que se impongan al CLIENTE o USUARIO (por ejemplo empresa y trabajador de esta empresa).
  • Los impuestos y otros pagos de carácter fiscal.
  • Los procedimientos de responsabilidad patrimonial de la administración.
  • La asistencia a procedimientos judiciales que se tarifará de forma independiente con la correspondiente hoja de encargo según los mínimos establecidos por el Colegio de Abogados de Madrid.
  • Las reclamaciones que puedan formularse entre sí los CLIENTES y USUARIOS de este servicio o las del CLIENTE o USUARIO contra CONSULTING NORMATIVO.